Los legisladores fundamentan la iniciativa según lo establecido en el Art. 8° de la Ley N° 13.261 que dispone el pago de los montos adeudados -al 30 de abril- a municipios y comunas, en razón de estar corriendo el plazo de 60 días contados desde la colocación de los instrumentos de pago (letras, cheques diferidos u otros medios) previstos en dicha norma para su efectiviza cancelación.
En este sentido, el diputado del bloque Santa Fe en Movimiento, Mario Lacava recordó que mediante la Ley 13.261 aprobada en la legislatura, se autorizó al Poder Ejecutivo a emitir letras u otros medios sucedáneos de pago por un monto de $ 556.365.000, para la atención prioritaria y la regularización de las deudas con el sector financiero, o lo que denominamos: deuda flotante. En virtud de ello, es que le solicitamos al Ejecutivo que informe sobre el cronograma de pagos a los Municipios y Comunas que están urgidos de fondos frescos para afrontar sus compromisos.






