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Domingo, 21 Septiembre 2025 Columna previsional

Moratoria previsional: para quién sigue vigente

La doctora Nanci Coria aclaró qué parte de la moratoria de la ANSES no venció

La citada profesional explicó que la Ley no establece un plazo de vencimiento para el Plan de Pagos de Deuda Previsional destinado a quienes están a menos de 10 años de la edad jubilatoria mínima (60 años para las mujeres y 65 para los hombres).

Las personas que hoy estén a menos de 10 años de tener la edad jubilatoria, y que ya saben que al cumplir 60 o 65 años les faltarán años de aportes jubilatorios, pueden adherir al Plan de Pagos y completar los años de aportes que les faltan para reunir los 30 mínimos exigidos por Ley para acceder a una Jubilación. En efecto, la Ley sigue contemplando la posibilidad de "comprar" aportes.

Según la Dra. Coria, “la informalidad en el empleo es uno de los grandes flagelos que nos ha tocado vivir en la Argentina, lo que impide que muchas personas alcancen los aportes jubilatorios mínimos requeridos por la Ley para poder obtener una Jubilación Ordinaria”.

Esta posibilidad no venció para aquellos que todavía no tengan la edad mínima para jubilarse, con los siguientes requisitos:

Mujeres de entre 50 y 59 años que quieran regularizar sus aportes podrán hacerlo antes de cumplir los 60.

Hombres de entre 55 y 64 años también podrán inscribirse antes de cumplir los 65.

Este programa de la ANSES permite que mujeres de 50 a 59 años y hombres de 55 a 64 años puedan regularizar aportes faltantes de manera anticipada a tener la edad mínima para jubilarse. Su objetivo es garantizar que, al cumplir 60 o 65 años (según corresponda), estas personas ya cuenten con los 30 años de aportes exigidos para acceder a una Jubilación.

Según indicó la Dra. Coria, con esta opción denominada “Plan de Pago de Deuda Previsional para trabajadores en actividad” se pueden completar períodos de aportes faltantes hasta el mes de marzo de 2012, inclusive. Estos se pagarán a través de un volante electrónico de pago (VEP) desde una Caja de Ahorros unipersonal en un banco, a través de la clave Homebanking.

En efecto, los períodos a regularizar con la moratoria, para quienes no tienen la edad mínima para jubilarse, tienen fecha límite en marzo de 2012 (a partir de que la persona que se quiere inscribir cumplió 18 años de edad). Es decir, los períodos adeudados que se pueden “comprar” con la moratoria van desde la fecha en que el titular cumplió 18 años hasta el 31 de marzo de 2012. Todos esos años son los que pueden quedar cubiertos por el Plan de Pagos de Deuda Previsional que todavía está vigente. Cabe tener en cuenta que los aportes jubilatorios se computan desde los 18 años de edad. Lamentablemente, no se considera el trabajo infantil, es decir, los servicios prestados por un menor de edad.

Este Plan de Pagos posibilita que las personas cancelen los períodos que elijan de acuerdo a sus posibilidades económicas. Una de las principales ventajas de este sistema es su flexibilidad en el pago. Nanci Coria destacó que las personas adheridas al Plan de Pagos de Deuda Previsional pueden pagar, mensualmente, la cantidad que quieran o puedan abonar. Además, informó que si en un mes no pueden pagar, no se genera una deuda con la ANSES.

Sin embargo, para acceder a la Jubilación en el futuro, es fundamental haber acumulado los 30 años de aportes al llegar a la edad requerida (60 o 65 años, respectivamente).

Cabe destacar que para acceder al mismo, no se realiza ningún tipo de evaluación patrimonial ni socioeconómica.

Requisitos:

Mujeres: tener entre 50 y 59 años de edad.

Hombres: tener entre 55 y 64 años de edad.

Saber que a la edad jubilatoria no tendrán los 30 años de aportes.

*WhatsApp: (341) 3513767 – Facebook: Abogada Nanci Coria