¿Por cuánto tiempo se prorrogaron las Jubilaciones Anticipadas?
La medida seguirá hasta el mes de noviembre de 2025.
¿A quiénes les corresponde?
Está para hombres y mujeres que tengan los 30 años de aportes jubilatorios que exige la Ley para poder jubilarse pero, les falten 5 años o menos de edad para jubilarse y que estuvieran desempleados o desocupadas al 30 de junio de 2023.
La Jubilación Anticipada da respuesta a miles de hombres y mujeres que han trabajado toda su vida, que ya realizaron sus treinta años de aportes jubilatorios y no le deben nada al Estado; han aportado pero, les falta la edad para poder jubilarse.
Estos hombres y mujeres van a tener la posibilidad de jubilarse y contar con la cobertura de salud (PAMI).
¿Se puede acoger a la Ley de moratoria para percibir éstas jubilaciones anticipadas?
Lamentablemente, no. Los 30 años de aportes jubilatorios deben estar registrados y no pueden completarse adhiriendo a las Leyes de moratorias vigentes.
Es importante tener en cuenta que los períodos de Fondo de Desempleo y de Licencia por Maternidad se cuentan a los fines de llegar a los 30 años de aportes jubilatorios.
¿Cuánto cobrarán los que se jubilen anticipadamente?
Cobrarán el 80% del haber jubilatorio que le correspondería percibir a cada titular si tuvieran la edad mínima que exige la Ley para acceder a las Jubilaciones Ordinarias hasta que alcancen esa edad (60 años las mujeres y 65 años los hombres).
Al momento de llegar a la edad requerida por la Ley, comenzarán a percibir el 100% del haber jubilatorio de manera automática.
¿Cuáles son los requisitos?
Tener hasta 5 años menos de la edad requerida para jubilarse; Hombres: entre 60 y 64 años
Mujeres: entre 55 y 59 años
30 años de aportes jubilatorios registrados;
Encontrarse desocupada/o al 30 de junio de 2023.
No tener ningún beneficio previsional ni Plan Social.
*Abogada especialista en Derecho Previsional, egresada de la Universidad Nacional de Rosario (UNR – 2001). Su WhastApp: (341) 3513767 Facebook: Abogada Nanci Coria






