La Cámara Argentina de Talleres de Revisión Técnica (CATaReT) comunicó el taller de calle Estrada 55 está bajo las normas para realizar las técnicas vehiculares. En diálogo con El Urbano Digital.com se comentó que el lugar donde se hacen las inspecciones está en sintonía con la Ley Nacional de Tránsito 24.449 y la Ley Nacional de Seguridad Vial 26.363.
La Cámara aclaró, que de acuerdo al Decreto Reglamentario 1716/08, que regula dichas leyes, el Art. 39 determina que para el tipo de vehículos mencionados anteriormente, la Autoridad Jurisdiccional en la materia es la Local, es decir, el Municipio, y que le corresponde a este tanto la implementación del sistema como la habilitación de los Talleres. Dicho Taller fue habilitado oportunamente por la Autoridad Jurisdiccional correspondiente, cumpliendo con lo establecido por las Leyes nacionales vigentes y normativas locales adecuadas, por lo cual se encuentra legalmente en condiciones de funcionar.
Dicha Cámara informó que: “Las Leyes Nacionales establecen que la Autoridad Jurisdiccional es quien debe habilitar las obleas (Decreto 1716/08 Anexo I, Art. 39 Inc.19), y que una vez sucedido esto, las mismas sirven para circular por todo el País y países limítrofes, por lo que de esta manera alerta a los usuarios que con la inspección realizada por dicha Planta es suficiente para circular por todo el País. El sistema de RTO para vehículos Particulares de Jurisdicción Local funciona en varias localidades del País, siendo el caso más emblemático el de la ciudad de Córdoba Capital, que funciona desde el año 1995 sin ningún inconveniente y los usuarios que realizan la RTO en esos talleres circulan por todo el país”.






