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Jueves, 02 Octubre 2014

Giaccone votó a favor de la actualización del Código Civil y Comercial

La diputada nacional santafesina Claudia Giaccone (FPV) votó a favor de las actualizaciones del Código Civil y Comercial y destacó: “El texto aprobado, que viene a reemplazar un texto que fue redactado hace 145 años”. “Legisla sobre temas como la adopción e indica que el niño puede ser adoptado por un matrimonio, una unión convivencial o por una sola persona", destacó; y que "una adopción constituida en el extranjero debe ser reconocida en la Argentina cuando haya sido otorgada por los jueces del país del domicilio del adoptado", agregó

 


También menciona que "el hijo matrimonial lleva el primer apellido de alguno de los cónyuges" y que "en caso de no haber acuerdo, se determina por sorteo realizado en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas", explicó Giaccone

En cuanto a cuestiones matrimoniales “se incluye la posibilidad de que los contrayentes opten por el régimen de separación de bienes antes de la realización del matrimonio; y se prevé que el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges”, dijo la diputada

La nueva normativa menciona a las "uniones convivenciales" como "la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo", resaltó Giaccone y además establece que los bebés nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida "son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre con independencia de quién haya aportado los gametos", apuntó

Las temáticas sobre fortalecimiento de los derechos de los pueblos originarios; delegación de la protección del embrión en una ley especial, la eliminación de la gestación por sustitución, de la fecundación post-mortem y de la función social de la propiedad, “se regularán con legislación complementaria”, mencionó la diputada del FPV Y concluyó: “Fue una votación histórica para los próximos 150 años”

INFORMACION ESPECIFICADA

Concepción: El artículo 19 establece, literalmente, que "la existencia de la persona humana comienza con la concepción en el seno materno".

Reproducción asistida: Literalmente, el nuevo texto establece que los nacidos por técnicas de reproducción asistida "son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre con independencia de quién haya aportado los gametos".

Adopción: El nuevo Código permite el derecho de adopción a personas solas o que no estén legalmente casadas, debiendo el juez resolver sobre la situación de adoptabilidad en el plazo máximo de noventa días.

Nombres: Se podrá inscribir a recién nacidos con nombres aborígenes o derivados de voces aborígenes autóctonas y latinoamericanas. El hijo llevará el primer apellido de alguno de los cónyuges y los padres o el interesado con edad y madurez suficientes se podrá agregar el apellido del otro.

Matrimonio igualitario: Se incorpora la figura del matrimonio igualitario y se regula la figura de la unión convivencial, que debe ser solicitada por ambos integrantes, con derechos similares a las del matrimonio.

Divorcio: Se agiliza el trámite de divorcio y habilita a los cónyuges a realizar una separación de bienes previa a la concreción de la unión.